10/7/11

LOS INCO TERMS

Términos Internacionales
¿Alguna vez has visto las letras "FOB", "DDU", o "CFR" marcados en los documentos de su carga, pero no sabía lo que son?

Estas abreviaturas, así como otras se llaman Incoterms. Los Incoterms son la forma como  un comprador y un vendedor definen  con claridad quién es responsable de la carga en diferentes puntos del proceso de entrega de una manera clara. Estos terminos son internacionales y se aplican independientemente de idioma que se hable en cada pais.

Por ejemplo, si un contenedor lleno de peceras de cristal procedentes de China fueron retirados por accidente durante la descarga de la grúa en la cubierta inferior, quien pagaría por él? Si los términos de carga fueron FOB, usted sería responsable. Si se tratara de DDP,  su proveedor será responsable. 
He aquí  la lista de  Incoterms:


El Grupo "E" es el de menor obligación para el vendedor, obligándose a poner las mercancías a disposición del comprador en el lugar indicado. Comprende:


EXW  ( "Ex Works", en español "En Fábrica")

El vendedor cumple su obligación de entrega cuando pone las mercancías a disposición del comprador en el establecimiento del vendedor o en otro lugar convenido ( fábrica, factoría, almacén, etc) sin despacharlas para la exportación ni cargarlas en el medio de transporte . El comprador asume todos los costes y riesgos desde la entrega de la Mercadería.

El Grupo "F" requiere que el vendedor entregue las mercaderías para el transporte de acuerdo a las indicaciones del comprador.

FCA  ( "Free Carrier", en español "Franco transportista")
El vendedor cumple con su obligación cuando entrega las mercancías, despachadas para expor tación, al transpor tista designado por el comprador en el lugar convenido. Si la entrega se realiza en los locales del vendedor, este es responsable de la carga, en cambio si la entrega se realiza en otro lugar, el vendedor no es responsable de la descarga.

FAS  ( "Free Alongside Ship", en español "Franco al costado del buque")
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando las mercancías son puestas al costado del buque en el puerto convenido. A partir de la entrega , el comprador asume los costes y riesgos de la mercancía. El término FAS exige al vendedor despachar las mercaderías para la exportación.

FOB  ( "Free on Board", en español "Franco a Bordo")
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía, despachada para exportación, ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. A partir de este momento el comprador asume todos los costes y riesgos de la mercancía.

El "Grupo C", requiere que el vendedor contrate y pague el transporte principal, en tanto que los riesgos de pérdida o daño de la mercancía y los costes adicionales ocurridos después de la entrega corresponden al comprador.

CFR  ("Cost and Freight", en español " Costo y Flete")
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía sobrepasa la borda del buque en el puerto de embarque convenido, asumiendo el mismso el pago de los costes y el flete para hacer llegar la mercancía al puerto de destino convenido. El costo del seguro corresponde al comprador. El término CFR exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación.

CIF  ("Cost, Insurance and Freight", en español "Costo, seguro y flete)
Corresponden al vendedor las mismas obligaciones que en el término CFR, incluyendo en este caso la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente.El término CIF exige al vendedor despachar las mercancías para la exportación.

CPT   "Carriage paid to", en español "Transporte pagado hasta")
El vendedor entrega las mercancías al transportista por el designado, pagando el flete del trasporte de las mismas hasta el destino convenido. Entregada la mercancía al transportista, el comprador asume todos los riesgos de perdida o daño de la mercancía. El CPT requiere que el vendedor despache las mercancías para la exportación.

CIP  ( "Carriage and Insurrance paid to", en español " Trasnsporte y Seguro pagado hasta")
Corresponden al vendedor las mismas obligaciones que en el término CPT, incluyendo en este caso la contratación del seguro y el pago de la prima correspondiente, durante el transporte de la mercancía.

El "Grupo D" implica que el vendedor asume la totalidad de riegos y costes hasta la entrega de la mercancía en el lugar o punto de destino convenido en la frontera o dentro del país.

DAF  ( "Delivered at Frontier", en español " Entregado en Frontera")
El vendedor ha cumplido con su obligación de entrega cuando pone las mercancías, despachadas para la exportación, en el punto y lugar de frontera convenidos, no despachadas para la importación. El vendedor ha de soportar los riesgos de daño y perdida de la mercancía hasta el momento de la entrega.

DES  ( "Delivered ex ship", en español "Entregado sobre Buque")
El vendedor entrega las mercancías cuando las mismas son puestas a disposición del comprador, a bordo del buque, en el puerto de destino acordado, no despachadas para importación. El vendedor ha de soportar los gastos y riesgos hasta el momento de la entrega. El comprador asume los gastos de descarga.

DEQ  ( "Delivered Ex Quay", en español "Entregado en Muelle")
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del comprador, sin despachar para la importación, sobre el muelle en el puerto de destino convenido. El vendedor ha de soportar los riesgos y gastos hasta la entrega, incluidos los de descarga. El término DEQ exige que el comprador despache las mercancías para la importación y que pague todos los trámites, derechos, impuestos y demás cargas de importación. Las partes pueden, si así lo desean, incluir entre las obligaciones del vendedor todos o parte de los costes pagaderos por la importación de las mercancías.

DDU  ("Delivered Duty Unpaid", en español "Entregado, derechos no pagados")
El vendedor cumple con su obligación de entrega cuando coloca la mercancía a disposición del comprador, en el punto de destino acordado del país de importación, sin despacharlas para importación. El vendedor ha de asumir la totalidad de los riesgos y gastos hasta el momento que
se realiza la entrega.

DDP ("Delivery Duty Paid", en español "Entregado, derechos pagados")
Corresponden al vendedor las mismas obligaciones que en el término CPT, incluyendo el despacho de importación de la mercadería. El vendedor ha de soportar todos los gastos y riesgos hasta el momento de la entrega.